Adiós a las recetas por mail y WhatsApp

A través de la resolución 3622/2022, el Ministerio de Salud dejó sin efecto la posibilidad de presentar la foto de la receta de papel enviada por correo o mensajería, habilitada en marzo de 2020, en el marco de la cuarentena dispuesta por la pandemia. Ahora solo se podrán usar las recetas digitales emitidas a través de software oficial.

El Gobierno puso fin este lunes a una modalidad de prescripción médica adoptada en los primeros días de la pandemia. A través de la Resolución 3622/2022, publicada hoy en el Boletín oficial, el Ministerio de Salud dispuso que ya no serán válidas las fotos de las recetas médicas de papel enviadas por mail o por WhatsApp para comprar un medicamento o solicitar un tratamiento.

La norma deja sin efecto a la Resolución 696/2020, del 31 de marzo de 2020, que había permitido la prescripción «en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax», en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) que, por aquellos días, regía en el país.

De ahora en más, las recetas electrónicas o digitales válidas son las que regula la Ley 27.553, aprobada en agosto de 2020 por el Congreso de la Nación.

RECETA DIGITAL: QUÉ CAMBIA Y LO QUE HAY QUE TENER EN CUENTA

Como antes se dijo, la resolución publicada este lunes anuló la excepción que permitía, a fin de evitar el traslado de personas en plena cuarentena y con la vacuna del COVID aún en fase de desarrollo. Desde hoy, la foto de la receta dejará de servir.

La resolución Nº3622/2022, que entró en vigencia este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, que habilitaba la presentación en la farmacia de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax”, indicó el texto.

«Se vuelve al sistema que regía antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma holográfica del médico, o la receta electrónica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI”, explicó a Ortiz.

Con motivo de la ampliación de la emergencia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia.