El oficialismo logró la media sanción al proyecto de Ley de la Reforma Laboral tras negociar cambios
Con el respaldo del PRO, la UCR y bloques provinciales, el Senado aprobó una reforma que redefine indemnizaciones, jornada laboral, licencias por enfermedad y el régimen de trabajadores independientes, después de conceder reclamos de gobernadores, bancos y gremios.
El Gobierno nacional logró este jueves su primera victoria legislativa de 2026. El Senado dio media sanción al proyecto oficialista en medio de tensas protestas en las calles, que se saldaron con al menos 15 heridos y una treintena de detenidos. Por 42 votos a favor y 30 en contra, los legisladores de la Cámara Alta aprobaron una iniciativa que busca enterrar el régimen de trabajo que rige, con modificaciones, desde 1974. El Ejecutivo ultra defendió la necesidad de cambios que frenen los litigios laborales y la informalidad laboral, que hoy está en una cifra récord del 43%. La oposición, en cambio, criticó que el proyecto beneficia más que a nadie a las grandes empresas y precariza las condiciones de los trabajadores argentinos. Tras recibir luz verde en el Senado, la reforma laboral pasa a la Cámara de Diputados para su aprobación definitiva.

El Gobierno celebró el resultado de la votación tras una sesión que se prolongó durante más de 14 horas, hasta la madrugada. La Libertad Avanza, logró sacar adelante la media sanción con el apoyo del PRO, la Unión Cívica Radical y fuerzas provinciales de distinto signo.
La jefa de bloque oficialista en el Senado, Patricia Bullrich, aseguró que la legislación laboral de Argentina está “obsoleta” porque está pensada para regular el mercado laboral que existía hace medio siglo, muy distinto al actual. “¿Puede un país durante 15 años no crear nuevos puestos de trabajo?““”, cuestionó Bullrich tras defender la propuesta oficialista. “Esta ley está a la altura del país que estamos construyendo, un país de futuro”
Gobernadores, bancos y gremios: las concesiones que destrabaron la ley
El punto que terminó de sellar el acuerdo con los mandatarios provinciales fue la eliminación del artículo que reducía la alícuota de Ganancias para empresas. El anuncio, formalizado el martes por Patricia Bullrich, respondió al reclamo de los gobernadores, que advertían sobre el impacto negativo en la masa coparticipable.
También hubo cambios relevantes vinculados al sistema financiero. Finalmente, las billeteras virtuales no quedarán habilitadas para el pago de haberes: el texto restringe esa posibilidad exclusivamente a entidades bancarias. La decisión fue interpretada como una señal hacia el sector financiero y hacia gremios que reclamaban mayor control sobre la canalización de salarios.
En paralelo, los sindicatos lograron preservar herramientas centrales de financiamiento. Se mantendrá la facultad de cobrar aportes solidarios a los trabajadores con un tope del 2% y sin fecha de vencimiento, cuando el proyecto original establecía que ese límite regiría solo por dos años. En espejo, los aportes obligatorios que perciben las cámaras empresarias continuarán vigentes, con el tope actual del 0,5% mensual. Además, se sostuvo el aporte patronal del 6% a las obras sociales, que en la versión inicial se buscaba reducir al 5%.
Los cambios estructurales que no se tocaron
Más allá de las modificaciones acordadas, el núcleo de la reforma en términos de derechos individuales de los trabajadores se mantuvo sin alteraciones. La ley habilita el fraccionamiento de vacaciones, amplía la jornada laboral hasta 12 horas bajo esquemas de compensación y consolida la figura del banco de horas. También redefine el cálculo indemnizatorio por despido, excluyendo conceptos como aguinaldo y bonos, y habilita como alternativa la adhesión al Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
En materia de licencias por enfermedad, la reforma establece que el trabajador cobrará el 50% de su salario si el accidente o la afección no es laboral y deriva de una actividad «voluntaria y consciente». En los demás casos, la remuneración será del 75%.
La reforma, además, deroga la ley de teletrabajo a partir del 1° de enero de 2027 e incorpora nuevos condicionamientos para la realización de asambleas en los lugares de trabajo. El texto establece que las asambleas sindicales deberán contar con autorización previa del empleador en relación con el lugar, el horario y la duración, y dispone que el tiempo destinado a su realización no será considerado remunerado.
Uno de los cambios más significativos impacta sobre el universo freelance y de plataformas. El texto redefine el estatus de trabajadores independientes, monotributistas y prestadores de aplicaciones digitales, a quienes excluye expresamente del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo cuando medien contratos de obra o servicios profesionales y emisión de facturas. En la práctica, esto implica que no estarán alcanzados por indemnización, vacaciones pagas, aguinaldo ni convenios colectivos. Asimismo, se modifica la presunción de relación laboral, un punto clave en litigios laborales.
