Recreo: ciudad libre de pirotecnia

No existe una ley nacional que prohíba completamente la pirotecnia para uso particular en todo el país, pero muchos gobiernos locales han tomado medidas regulatorias estrictas. Solo la pirotecnia de bajo impacto sonoro o lumínico, como estrellitas, bengalas, volcanes y morteros lumínicos, siempre que esté autorizada por el Municipio de Recreo.

Esto significa que está prohibido vender y usar pirotecnia que haga ruido, como petardos, bombas, morteros de estruendo, cañas voladoras audibles y cualquier artificio que genere estampidos o silbidos.
También está prohibida la venta de elementos con mecheros, como los globos aerostáticos, y no se puede usar pirotecnia de ningún tipo en eventos públicos.

¿Qué está permitido?

Solo la pirotecnia de bajo impacto sonoro o lumínico, como estrellitas, bengalas, volcanes y morteros lumínicos, siempre que estén autorizados por el Municipio.

En eventos privados pueden usarse únicamente estos elementos permitidos y cumpliendo los requisitos establecidos.

Recordamos además que está prohibida la venta de pirotecnia a menores de 16 años.

El incumplimiento de la ordenanza puede generar decomisos, multas, clausuras o inhabilitaciones, y las infracciones son tratadas por el Juzgado Municipal de Faltas.

Para denuncias, podés comunicarte al 0810-268-6666 o al Centro de Monitoreo Municipal: 4962028.